Feb 28 2009
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hola, es la primera vez que escribo he estado leyendo todos vuestros comentarios y me parece muy bien el que se pueda preguntar y a ala vez responder a alguien sobre una cuestion en particular. Me dirijo a ustedes para ver si alguien me podria contestar sobre si va a ver más obras del ayuntamiento para dar trabajo a los parados. En especial, saber qué requisitos hay que tener para entrar a trabajar como albañil en dichas obras.Como ya habreis adivinado soy uno de tantos parados de la construcción , además de ser padre de familia numerosa como muchos más.También me gustaría saber por qué en este pueblo no hay ningún tipo de descuentos para familias numerosas en la contribución, lo digo porque creo que sería un alivio para muchos el ver reducido esa factura .Además se que en otros pueblos y provincias se hace.
LAS RECLAMACIONES DE CONSUMIDORES FRENTE A EMPRESAS ELÉCTRICAS – U OTRAS – Y LA INDEFENSIÓN DEL CONSUMIDOR.- EL TEMA DE LAS COSTAS JUDICIALES.
Todos somos consumidores, y todos tenemos algún problema a lo largo de nuestra vida relacionado con daños eléctricos en electrodomésticos, televisiones, facturas no correctas de telefonia, averias de electrodomésticos, etc.
Pués bien, como en la mayoria de los casos citados u otros análogos estaríamos hablando de pequeñas cuantías, el primer paso que podemos dar es plantear una reclamación ante el propio establecimiento – mediante las hojas de reclamaciones obligatorias-. Pero en éste particular ya conocemos la respuesta:
1.- No nos contestan, o nos contestan diciéndonos que no corresponde la reclamación, es decir denegándola.
2.- Lo que es aún peor que lo anterior es que Endesa tiene oficinas locales para cobrar recibos y resolver determinadas incidencias con el suministro. Pero cuándo se trata de hacer una reclamación, éstos establecimientos se vienen negando a recoger dicha reclamación alegando que “ellos” son una subcontrata de Sevillana o Endesa y no están habilitados para recoger reclamaciones al tratarse de una sociedad distinta al distribuidor de Energia. YA EMPEZAMOS.
En éstos casos tenemos la opción de plantear dicha reclamación o queja ante los servicios municipales de consumo, los cuales le dan a la empresa el traslado de dicha reclamación y un plazo para contestar, y el mecanismo suele ser el mismo indicado anteriormente: 1. No contestar 2.- Rechazar la reclamación, incluso sin ofrecer detalles.
¿ Que ocurre ahora ?
Púes ocurre que CASI NADIE se plantea acudir a un Abogado para reclamar en via judicial, sobre todo cuándo se trata de pequeñas cantidades aún a pesar de tener toda la razón del mundo pués en temas que son técnicos – como reparaciones, averias, subidas de tensión… etc – se exige además probar, es decir, aportar prueba de éstos daños y la relación directa de los daños con la CAUSA alegada.
La injusticia está servida.
Esto lo saben muy bien las grandes empresas, el legislador y los pobres consumidores que ya estamos hartos de tanta demagogia, de tanta teoria constitucional y en realidad tan poca sensibilidad por los ciudadanos.
Pués bien, llegados a éste punto, incluso si el consumidor se lanza a dar el paso de acudir al Abogado, cuándo las reclamaciones son inferiores a los 900 euros no existe condena en costas, es decir que si gana el consumidor no paga los servicios de abogado y/o procurador de la parte contraria – en éste caso la empresa reclamada-. Pero si pierde el consumidor tampoco pagaria las costas de la parte contraria al tratarse de una reclamación inferior a 900 euros. ¿ TENEMOS ALGÚN PROBLEMA MÁS AÑADIDO?
SI. Pués la Ley hace una excepción al tema del pago de las costas de la parte contraria, aún a pesar de ser una reclamación inferior a los 900 euros, cuándo la empresa tiene su domicilio fuera del lugar en el que se ventila el pleito. Es decir, que con el truco utilizado por la Cia Sevillana- Endesa ( del que soy afectado como tantos otros ) te encuentras con que si no consigues probar la causa del problema, de la alta tensión, o de lo que sea, o no comparece el técnico o perito a fijar la prueba, podríamos ser condenados ADEMÁS en las costas de la parte contraria, y no digamos si existe un recurso de Apelación por no estar de acuerdo con la justicia.
En resúmen, con la legislación actual nos puede salir más caro el collar que el perro, los ciudadanos están indefensos, los consumidores están desarmados, y están hartos.
Se da la paradoja además de que recientemente el Gobierno ha introducido una nueva TASA que supone tener que pagar una cantidad de entre 25 y 50 euros adicionales cada vez que el ciudadano interpone un recurso, encareciendo con ello dichos servicios, y además poniendo coto al derecho de defensa. Esta tasa se ha introducido, como digo por el Gobierno, pero con la aquiescencia del Partido Popular, habiendo leído en los medios de comunicación de que dicha medida ha sido pactada entre ambos grupos parlamentarios.
Así está el patio para los ciudadanos de éste país..
¿ Qué ocurre?.
Pués, que desde arriba se alimenta un sistema de injusticia y desigual que desemboca o tiene por consecuencia un hastío y desconfianza generalizada, no nos echemos las manos a la cabeza si nos encontramos con tanta informalidad.
Nos echamos a reir cuándo desde algunos parcos políticos se habla de pérdida de “valores”.
Aplíquense el cuento, sólo hace falta un poquito de empatia ciudadana, porque sólo los vemos acudir al ciudadano cuándo QUIERE su voto.